Cambio de mutua para autónomos. ¿Cuáles son los plazos?
Los trabajadores autónomos que estén pensando en cambiar de mutua para el año 2024 (en general para cualquier año) tienen que respetar los plazos que determina la Tesorería General de la Seguridad Social.
Como es sabido, la contratación de la mutua es obligatoria y su pago entra dentro de la cantidad que los autónomos pagan cada mes en concepto de cotización. Esta mutua garantiza su protección ante posibles accidentes laborales o enfermedades profesionales.
Para llevar a cabo el cambio de mutua, debe haber transcurrido como mínimo un año desde que el autónomo se afilió a la mutua con la que se encuentre en ese momento.
El trámite puede tardar unos días en hacerse efectivo y es importante saber que si se encuentra en un proceso de incapacidad temporal activa, esta no se verá interrumpida durante el proceso de cambio de mutua.
Como consejo, conviene ponerse previamente en contacto con la mutua receptora de su alta para conocer el procedimiento a seguir y poder tener preparada toda la documentación necesaria.
Este trámite debe realizarse antes del 31 de marzo y se deberán especificar los motivos por los que se quiere cambiar de mutua. En un plazo de 15 días desde la recepción de la solicitud, la mutua actual debe contestar a la petición de cambio.
Si la mutua actual no contesta o deniega la petición de cambio, el trabajador puede presentar recurso ante la Dirección Provincial del INSS en un plazo de 15 días. En caso de que la mutua actual acepte la solicitud de cambio, el trabajador debe solicitar la afiliación a la nueva mutua. Hasta la aceptación del trabajador en la nueva mutua, seguirá dependiendo de la que ahora abandona. La nueva mutua debe, asimismo, aceptar expresamente al trabajador en el plazo de 30 días desde la recepción de la solicitud y deberá comunicar al INSS la fecha de efectos del cambio de mutua.