¿Sabe cuando su empresa debe realizar una auditoría?

Publicado por Valles Gestio en

Una auditoría contable es la revisión sistemática de la contabilidad de una empresa. El objetivo es acreditar que las cuentas anuales reflejan la imagen fiel de la sociedad y que la contabilidad está libre de errores.

Conoce cuándo una empresa está obligada a realizar una auditoría de cuentas.
Te explicamos quién puede firmar una auditoria.
Los auditores pueden ser internos o externos. En el caso de los auditores internos, lo que buscan es garantizar la calidad de la información contable para evitar errores en la toma de decisiones, o evitar posibles contingencias con la Agencia Tributaria.

Por su parte, los auditores externos, pueden ser contratados con la misma finalidad que un auditor interno. Pero también por imperativo legal, ya que determinadas empresas están obligadas a someterse a auditorías externas por un auditor independiente.

Las auditorias más habituales son las que se realizan obligatoriamente. En ellas, el auditor, tras la revisión de la contabilidad y de las cuentas anuales de la sociedad, emite un informe de auditoría. La principal finalidad de este informe es garantizar a los usuarios externos de las cuentas anuales que estas representan la imagen fiel de la sociedad.

¿Quién puede firmar el informe de auditoría?
El informe de auditoría ha de ser firmado por un experto independiente, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC) del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).

Para poder inscribirse en el ROAC, además de tener titulación universitaria, se tienen que superar unas pruebas teóricas y prácticas sobre contabilidad, economía y algunas ramas del derecho. Además, se debe certificar que se posee experiencia profesional en una firma o despacho de auditoría por un periodo mínimo de tres años.

El auditor no trabaja solo, sino que dispone de un equipo de profesionales cualificados que, siguiendo la normativa establecida en la Ley de Auditoría, realiza el trabajo de campo.

En el Real Decreto 2/2021, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la ley 22/2015, de auditoría de cuentas, se detallan las condiciones, requisitos y formalidades que deben cumplir los profesionales de la auditoría.

Entre los principales objetivos de este Real Decreto, se encuentran:

  • Aumentar la confianza en la auditoría de cuentas, tras el descredito al que se ha visto sometida después de varios escándalos protagonizados por algunas firmas de auditoría.
  • Reforzar la credibilidad del informe de auditoría, incrementando la fiabilidad de la información financiera que se audita y en la que confían los terceros.
  • Reforzar la transparencia en la actuación de los auditores.
  • Garantizar aún más su independencia.

¿Cuándo está una empresa obligada a realizar una auditoría contable?
Por lo general, una empresa tiene que hacer una auditoría contable cuando cumpla dos de las siguientes condiciones durante dos ejercicios seguidos:

  • Facturación de más de 5,7 millones de euros.
  • Total de activos de más de 2,8 millones de euros.
  • Media de más de 50 trabajadores durante el ejercicio.

También es obligatoria la auditoría de las cuentas anuales consolidadas cuando se superan dos de las siguientes límites durante dos ejercicios seguidos:

  • Facturación de más de 22,8 millones de euros.
  • Total de activos de más de 11,4 millones de euros.
  • Media de más de 250 trabajadores durante el ejercicio.

Otros motivos para realizar una auditoría
Además del cumplimiento de los parámetros establecidos en la legislación mercantil, a partir de los cuales existe la obligación de realizar una auditoría contable, existen otros motivos que pueden llevar a una empresa a auditar sus cuentas.

De manera voluntaria
Se busca transparencia y fiabilidad de cara a mejorar la imagen de la empresa frente a terceros, bien sean entidades de crédito, proveedores o clientes.

Otros motivos legales
Es el caso de las entidades cotizadas, compañías emisoras de oferta pública, sociedades de intermediación financiera y algunas ramas de seguros.

Realización de ciertas operaciones societarias
Es el caso de la realización de determinadas operaciones societarias, tales como fusiones, escisiones, etc.

Por instancia de uno de los socios
En aquellas sociedades anónimas o limitadas que no tienen obligación de auditarse, los socios que tengan una participación superior al 5% pueden solicitar, al registro mercantil de su provincia, la realización de una auditoría. Con ello lograrán máxima transparencia y fiabilidad sobre su inversión.

Para obtener determinadas subvenciones
Cuando una sociedad reciba una subvención y ésta tenga establecida en sus bases la obligatoriedad de pasar una auditoría contable. Lo mismo ocurre con las empresas que reciban subvenciones o ayudas de más de 600.000 euros en total, ya sea de la Administración Pública o de fondos de la Unión Europea.

Por lo tanto, es conveniente tener muy en cuenta los limites que existen para estar obligados a realizar una auditoría, ya que en el caso de que no se depositen las cuentas anuales con el informe de auditoría, tendría las siguientes consecuencias:

Cierre del Registro Mercantil. Lo que imposibilitaría poder registrar los actos jurídicos y mercantiles de la sociedad.
Imposición a la sociedad de una multa por un importe de 1.202,02 a 60.101,21 euros por parte del ICAC.
El auditor va a exigir de la empresa y su personal la máxima colaboración y, durante unas semanas, va a tener colapsado al departamento contable-administrativo. Además, con el fin de contrastarla con las cuentas, va a solicitar información sobre la compañía y sus saldos contables a bancos, asesores, clientes y acreedores.

Categorías: Fiscal

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