¿Cómo funciona el pago único de la prestación por desempleo para autónomos en 2017?

Publicado por Valles Gestio en

Como muchos saben, una persona que esté percibiendo la prestación por desempleo y que quiera iniciar una actividad por cuenta propia como autónomo, puede pedir que le paguen de una sola vez las cantidades pendientes de percibir de prestación. Es lo que se conoce como capitalización del desempleo.

Este pago único también puede solicitarse para crear una sociedad, no únicamente para iniciar la actividad por cuenta propia.

En función de la actividad que se quiera realizar, hay diversas modalidades.

Las condiciones a cumplir para acceder a la capitalización son las siguientes:

  • Estar percibiendo una prestación contributiva por haber cesado de forma definitiva en su relación laboral.
  • Tener pendientes, al menos, tres meses de prestación.
  • No haber percibido el pago único en los cuatro años anteriores a la fecha de solicitud.
  • No haber compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación contributiva en los 24 meses anteriores.
  • Que la actividad profesional que se vaya a desarrollar sea como trabajador autónomo, como socio de una sociedad mercantil ya constituida o de nueva creación o como socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral.
  • Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde que se conceda la prestación y siempre con fecha posterior a la solicitud.

Quienes se vayan a constituir como trabajadores autónomos pueden obtener en un pago único la cantidad que justifiquen como inversión necesaria para iniciar la actividad o financiar el coste de las cuotas de autónomo a la Seguridad Social. Para poder hacerlo se solicita la presentación de un programa económico de la actividad a realizar que cada vez se ha vuelto más exigente. En el caso de querer montar una sociedad el pago único también puede destinarse a cubrir el capital social que se vaya a aportar a la empresa, los gastos de constitución, el pago de impuestos y la puesta en marcha de la sociedad.

Para poder capitalizar el paro como trabajador autónomo socio de una entidad mercantil la sociedad debe ser de nueva creación o haberse constituido en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación. El solicitante, además, debe tener el control efectivo de la sociedad, ejercer en ella una actividad profesional y no haber mantenido previamente vínculo laboral alguno con dicha sociedad.

La solicitud del pago único puede realizarse a través de la página del SEPE, en la oficina de prestaciones, en cualquier oficina de registro público o dirigiéndola por correo administrativo, siempre que se tengan, al menos, tres meses pendientes de cobro de la prestación por desempleo.

En nuestro despacho realizaremos todos los trámites, tanto de la consecución de la capitalización como de inicio de actividad, y te acompañaremos en todo el proceso de creación y puesta en marcha de la nueva actividad.

No dudes en contactar con nosotros para resolver cualquier duda o cuestión: CONTACTO

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Cuadríptico informativo del SEPE


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